ETIQUETA

Todo producto químico, sustancia o preparado, clasificado como peligroso debe incluir en su envase una etiqueta bien visible que es la Primera información básica que recibe el usuario sobre los peligros inherentes al mismo y sobre las precauciones a tomar en su Manipulación. Esta etiqueta, redactada en el idioma oficial del Estado, contendrá:

  • Nombre de la sustancia. Si la sustancia está incluida en el anexo se utilizará la nomenclatura que figura en el mismo; en caso De no estar incluida se utilizará la nomenclatura utilizada en el EINECS (Inventario europeo de sustancias comercializadas Existentes) o en el ELINCS (Inventario europeo de sustancias notificadas) o, si no aparece en ellos, una nomenclatura química Reconocida internacionalmente, tal como ISO o IUPAC.
  • Nombre, dirección y teléfono del fabricante o importador. Es decir del responsable de su comercialización en la Unión Europea (UE).
  • Símbolos e indicaciones de peligro normalizadas para destacar los riesgos principales.

Para las sustancias incluidas En el anexo los símbolos e indicaciones de peligro serán los que figuren en el mismo.

Ficha de datos de seguridad

La FDS es una importante fuente de información complementaria de la contenida en la etiqueta y constituye una herramienta de trabajo Imprescindible en el campo de la prevención de riesgos laborales y de la protección al medio ambiente ya que suministra información Tomar las medidas necesarias para la protección de la salud y de la seguridad en el lugar de trabajo. El responsable de la Comercialización debe suministrarla obligatoriamente a los usuarios profesionales proporcionando información sobre las propiedades De la sustancia y los peligros para la salud y el medio ambiente, así como sobre los riesgos derivados de sus propiedades físicas y Químicas, controles de exposición, manipulación, almacenamiento y eliminación. Estas fichas también informan sobre las medidas de Lucha contra incendios, los medios de protección, precauciones a tomar en caso de vertido accidental y primeros auxilios. La FDS También deberá redactarse, al menos, en la lengua oficial del Estado e incluirá obligatoriamente la información Necesaria.

La FDS se suministrará de forma gratuita y nunca mas tarde de la primera entrega del producto y posteriormente siempre que se Produzcan revisiones por nuevos conocimientos significativos relativos a la seguridad y a la protección de la salud y del medio Ambiente.

5. Es una herramienta de planeación para el desarrollo físico del territorio, y en nuestro caso del Distrito. Un POT se define como el conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo. Señala pues los derroteros de las diferentes acciones urbanísticas posibles que pueden emprenderse.

Las ciudades deben crecer ordenadamente, de manera tal que los recursos con que se cuentan para el desarrollo de la comunidad, se empleen eficientemente y de manera sostenible en el tiempo. El POT, nos pone de presente que no todo está permitido y que lo que sí lo está, debe ser en función de la obtención del desarrollo más equitativo posible.

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